miércoles, 24 de junio de 2020

LA LICENCIA SIN GOCE DE HABER

LA LICENCIA SIN GOCE DE HABER, EL TRABAJADOR Y LA EMPRESA.

La licencia sin goce de haber es un permiso que otorga al empleador, o la empresa, a un trabajador, por un tiempo determinado. Los días que no labora el trabajador no se le pagan sueldo y tampoco se toma en cuenta este periodo para ser computado para el pago de algunos derechos laborales y las utilidades.

La licencia sin goce de haber no es una ruptura del vínculo laboral.

 

¿ES UN DERECHO LA LICENCIA SIN GOCE DE HABER?

Los especialistas en derecho laboral agregaron que es importante señalar que la licencia sin goce de haber no es un derecho laboral, es potestad de un empleador o la empresa otorgar la licencia sin goce de haber. No hay ninguna obligación para otorgar la licencia sin goce de haber.

Normalmente las licencias sin goce de haber se otorgan luego de que el trabajador y la empresa han llegado a un acuerdo. Las empresas utilizan el principio de razonabilidad cuando otorgan estos permisos, porque hay que tomar en cuenta que la empresa va a reducir su capacidad de producción o gestión.

Cualquier trabajador puede tramitar esta licencia. No existe algún requisito. El tiempo de la licencia sin goce de haber dependerá del trabajador y lo otorgará de acuerdo a sus propios criterios y respetando el principio de razonabilidad.

LOS DERECHOS LABORALES

Una licencia sin goce de haber suspende algunos derechos laborales, pero no todos. El derecho que se suspenden, en primer lugar, es el sueldo porque obviamente no se está trabajando. Además, se suspenden otros derechos como la Compensación por Tiempo de Servicio (CTS), las vacaciones, gratificaciones y las utilidades que para ser pagados necesitan registrar días laborados.

Los derechos que si se mantienen con una licencia sin goce de haber son el acceso a la seguridad social y la salud, por el cual el trabajador si puede utilizar los servicios de Essalud o las Entidades Prestadoras de Salud (EPS).

¿SE PUEDE DESPEDIR A UN TRABAJADOR?

De ninguna manera se puede despedir a un trabajador que está con licencia sin goce de haber, porque se está vulnerando se derecho a la defensa. Si se le despide ese trabajador puede alegar en los tribunales que no se le dio el derecho fundamental a la defensa. Para poder despedirlo tiene que culminar su permiso o licencia sin goce de haber para que recién se pueda realizar el despido o la ruptura del vínculo laboral.

La licencia sin goce de haber tiene el mismo tratamiento en todos los regímenes laborales, como pueden ser el de micro y pequeñas empresas.


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